Contabilidad, Empresas

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) en México 2025

¿Qué es la DIOT?

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación fiscal en México establecida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dirigida a contribuyentes sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Su propósito es informar mensualmente sobre las operaciones realizadas con terceros (proveedores y prestadores de servicios), especificando el IVA trasladado y, en su caso, retenido.

Esta declaración permite a la autoridad fiscal verificar la correcta determinación y pago del IVA, así como cotejar la información entre contribuyentes para asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales vigentes.

¿Quiénes deben presentar la DIOT?

De acuerdo con la normativa fiscal, la DIOT debe ser presentada por:

  • Personas morales y personas físicas con actividades empresariales que paguen IVA en sus operaciones comerciales.
  • Contribuyentes con actividades gravadas con IVA, sin importar el régimen fiscal bajo el cual tributen.

Excepciones:

  • Personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no están obligadas a presentarla.
  • Contribuyentes sin actividad empresarial ni sujeta a IVA no requieren su presentación.
  • Los contribuyentes que no hayan realizado operaciones con proveedores en un mes determinado deben presentar la DIOT seleccionando la opción “La presenta sin operaciones”.

Periodicidad de la presentación de la DIOT

La DIOT debe presentarse de manera mensual, dentro de los primeros días 17 del mes siguiente al que corresponden las operaciones.

Por ejemplo:

  • La DIOT de enero debe enviarse antes del 17 de febrero.
  • La DIOT de febrero debe enviarse antes del 17 de marzo.

Las personas morales dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras pueden optar por presentarla semestralmente.

En caso de que la fecha límite coincida con un día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

Información requerida en la DIOT

Para su correcto llenado, la DIOT debe incluir la siguiente información sobre los terceros con los que se haya operado en el mes correspondiente:

  • Nombre o razón social del proveedor o prestador de servicios.
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Monto total de las operaciones realizadas.
  • IVA trasladado y retenido.
  • Tipo de operación realizada.

Es fundamental que la información reportada coincida con la contabilidad del contribuyente y las facturas emitidas y recibidas, con el fin de evitar inconsistencias ante el SAT.

Plataforma para la presentación de la DIOT

El SAT dispone de una herramienta específica para la presentación de la DIOT, denominada “Sistema de Presentación de la DIOT”. Para cumplir con esta obligación, el contribuyente debe:

  1. Descargar el programa desde el portal oficial del SAT.
  2. Capturar la información requerida en el formato correspondiente.
  3. Enviar la declaración mediante la herramienta electrónica habilitada por la autoridad fiscal.

Para realizar este trámite, se recomienda contar con la e. Firma o contraseña del SAT, dependiendo del nivel de autenticación requerido.

Conclusión

La DIOT es un requisito fiscal que los contribuyentes deben cumplir mensualmente para reportar sus operaciones sujetas a IVA, salvo en los casos en los que se permite su presentación semestral para ciertos sectores. Su presentación oportuna y correcta es esencial para evitar inconsistencias fiscales y garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el SAT.

Es recomendable que las empresas y personas físicas obligadas mantengan un control adecuado de sus registros contables y utilicen la plataforma electrónica del SAT dentro del plazo estipulado para evitar contratiempos.

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