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Declaración Anual 2023 de Personas Morales: Una guía completa.

El proceso de presentar la declaración anual es una responsabilidad crucial para las personas morales en México. En este artículo, abordaremos quiénes deben cumplir con esta obligación, los requisitos necesarios y algunos beneficios y mejoras introducidos para facilitar el proceso.

 

¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

La fecha límite para presentar la Declaración Anual 2023 para personas morales se acerca rápidamente. Los sujetos obligados pertenecientes a los siguientes regímenes deben presentarla antes del 1 de abril:

  1. Régimen General
  2. Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
  3. Régimen de los Coordinados
  4. Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
  5. Régimen Simplificado de Confianza

 

Requisitos para presentar tu Declaración Anual 2023

Para realizar este trámite, es fundamental contar con tu RFC, contraseña, e.firma vigente y datos bancarios asociados a tu servicio de banca electrónica preferido. Asegúrate de verificar la corrección de tus comprobantes de nómina y entero de retenciones mediante el Visor de nómina. También, es esencial estar al corriente en los pagos provisionales del ejercicio, ya sea en el Régimen General o en el Régimen Simplificado de Confianza.

 

Periodo de liquidación: Aspectos importantes

En situaciones en las que una sociedad entre en liquidación, es imperativo cumplir con las obligaciones estipuladas por la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación. La declaración del ejercicio por terminación anticipada debe presentarse siguiendo lo establecido en el artículo 11, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, en casos de fusión o escisión de sociedades, la declaración correspondiente debe presentarse según lo estipulado en la Resolución Miscelánea Fiscal.

La declaración del ejercicio por liquidación, presentada a más tardar el 17 de enero del año siguiente, determina y enterará el impuesto correspondiente al periodo desde el inicio de la liquidación hasta el último mes de la misma. La declaración última del ejercicio por liquidación se presenta una vez completada la liquidación total del activo, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Beneficios y mejoras: Facilitando el cumplimiento

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado diversas actualizaciones y mejoras en el proceso de presentación. Entre ellas, se destacan:

– Agregación de pérdidas fiscales por amortizar no visualizadas en el formulario, provenientes de declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.

– Inclusión de la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, generada en el ejercicio inmediato anterior.

– Eliminación de los estados financieros “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.

– Precarga de información de estados financieros presentados en el ejercicio inmediato anterior.

– Adición de beneficios para la deducción inmediata de inversión según los Decretos Relocalización y OTIS.

– Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de deducciones aplicadas.

– Renovación del formato de estados financieros para una visualización más clara de los datos del contribuyente.

 

Con estos cambios y mejoras, el proceso de presentación de la Declaración Anual 2023 se simplifica, ofreciendo a las personas morales una herramienta más eficiente y amigable para cumplir con sus obligaciones fiscales. ¡Asegúrate de aprovechar al máximo estas actualizaciones en el plazo establecido!

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