La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral de carácter constitucional que fortalece el principio de justicia distributiva dentro del entorno empresarial. Su finalidad es que los trabajadores se beneficien directamente del crecimiento y rentabilidad de las organizaciones donde laboran. Este beneficio está regulado por el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado A, fracción IX, y por los Artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
A continuación, explicamos con mayor profundidad quiénes tienen derecho a recibir PTU, quiénes están legalmente excluidos, las excepciones aplicables a ciertos empleadores, los plazos de pago y otros aspectos clave para 2025.
¿Quiénes deben recibir PTU?
Tienen derecho a recibir PTU todos los trabajadores que:
- Presten un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario, sin importar el tipo de contrato (indefinido, determinado, por obra o por temporada).
- Sean trabajadores sindicalizados o de confianza. En el caso de estos últimos, el monto de la PTU se calcula con base en el salario del trabajador sindicalizado mejor remunerado, con un tope de 20% adicional (art. 127, fracción II, LFT).
- Sean trabajadores eventuales que hayan laborado al menos 60 días durante el año fiscal, de forma continua o discontinua (art. 127, fracción III, LFT).
Cabe destacar que la PTU se reparte en dos partes iguales: una en función de los días trabajados y otra en proporción al salario devengado durante el ejercicio fiscal.
¿Quiénes no tienen derecho a PTU?
Según el artículo 127 de la LFT, no tienen derecho a recibir PTU:
- Directores, administradores y gerentes generales de las empresas, debido a que su relación con la empresa está más vinculada a la toma de decisiones que a la prestación de servicios subordinados.
- Socios o accionistas, ya que ellos ya reciben beneficios económicos a través de las utilidades repartidas como dividendos.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en el año.
- Trabajadores del hogar, conforme a la naturaleza especial de esta relación laboral (art. 353-D LFT).
- Prestadores de servicios profesionales independientes, siempre y cuando no exista una relación de subordinación con la empresa.
Excepciones para ciertos empleadores
El artículo 126 de la LFT establece que algunos empleadores no están obligados a repartir PTU. Estos son:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento. La intención es permitirles consolidarse antes de asumir la obligación de repartir utilidades.
- Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. Esta excepción debe ser dictaminada por la Secretaría de Economía.
- Empresas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración inicial.
- Instituciones de asistencia privada reconocidas legalmente, que realicen actividades con fines humanitarios, sin ánimo de lucro.
- Instituciones descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas con ingresos anuales declarados menores al umbral establecido por la STPS y la SHCP, según los criterios publicados anualmente en el Diario Oficial de la Federación.
Plazos para el pago de la PTU en 2025
La LFT indica los siguientes plazos para el cumplimiento del reparto de utilidades:
- Personas morales (empresas): hasta el 30 de mayo de 2025.
- Personas físicas con actividad empresarial: hasta el 29 de junio de 2025.
Es importante subrayar que el incumplimiento en el pago de PTU puede derivar en sanciones económicas que van de los 50 a 5,000 UMA (art. 994, fracción II, LFT), además de generar conflictos laborales y daños a la reputación del empleador.
Recomendaciones para empleadores
- Verificar con su contador o despacho contable el monto de utilidad fiscal declarada para determinar la base del reparto.
- Identificar correctamente a los trabajadores con derecho a recibir PTU, conforme a la legislación vigente.
- Realizar el cálculo con base en los días trabajados y los salarios devengados.
- Informar a los trabajadores sobre el monto que les corresponde y el plazo para su pago.

Conclusión
La PTU representa no solo una obligación legal, sino también una oportunidad para fomentar la equidad y el compromiso en las relaciones laborales. Cumplir puntualmente con este derecho fortalece la cultura organizacional y evita sanciones.
Por último, es fundamental que tanto empleadores como trabajadores conozcan y comprendan el alcance de sus derechos y obligaciones respecto a la PTU. La claridad y transparencia en su aplicación refuerzan la legalidad y fomentan una relación laboral justa y sostenible.
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