La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) publicada el 30 de diciembre de 2024 establece los lineamientos que los contadores públicos inscritos deben observar para dictaminar los estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal 2024. Estas reglas, comprendidas entre la 2.10.1 y la 2.10.28, refuerzan la importancia del cumplimiento técnico, normativo y de calidad profesional en la elaboración y presentación del dictamen fiscal.
A continuación, se resumen los aspectos más relevantes que deben ser considerados tanto por los contribuyentes como por los contadores públicos encargados de emitir este dictamen.
Opcional u obligatorio: quiénes deben dictaminarse
Conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), pueden optar por dictaminar sus estados financieros aquellas personas físicas con actividad empresarial y personas morales que, durante 2023, hayan:
- Percibido ingresos superiores a $157,785,270.00.
- Contado con un activo superior a $124,650,380.00.
- Mantenido una plantilla de al menos 300 trabajadores durante todos los meses del ejercicio.
En cambio, la obligación de dictaminar es aplicable para aquellas personas morales que declaren ingresos iguales o superiores a $1,940,178,120.00, o bien, que tengan acciones colocadas entre el público inversionista.
La opción para dictaminar se ejerce al momento de presentar la declaración anual del ejercicio 2024 y el dictamen debe entregarse, a más tardar, el 15 de mayo de 2025.
Reglas relevantes de la RMF 2025 para el dictamen fiscal
Certificación profesional vigente
El contador público que firme el dictamen debe contar con certificación o recertificación vigente emitida por una agrupación reconocida por la autoridad educativa. Además, debe verificar que su información esté actualizada y correctamente reportada en el portal del SAT.
Educación continua y registro activo
Las agrupaciones de profesionales deben informar anualmente al SAT sobre los socios activos y el cumplimiento de sus obligaciones de actualización académica, condición indispensable para conservar el registro activo ante la autoridad.
Uso obligatorio del Sistema de Presentación de Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED) 2024
El dictamen debe generarse utilizando el sistema SIPRED 2024, disponible en el sitio del SAT. Los anexos, cuestionarios y documentos requeridos deben enviarse por internet de forma completa y dentro del plazo establecido.
Envío y validación del dictamen
Una vez enviado el dictamen, el SAT emite un acuse de recepción con número de folio. Si el archivo es rechazado, podrá enviarse tantas veces como sea necesario, siempre y cuando se cumpla con las fechas límite. En casos de rechazo durante los dos últimos días del plazo, se permiten dos días adicionales para su corrección y reenvío.
De ser correcta la recepción del dictamen vía Internet, se enviará al contribuyente y al contador público inscrito, vía correo electrónico, acuse de aceptación y número de folio que acredite el trámite. De igual manera, podrá ser consultado dentro del Portal del SAT. Es muy importante considerar los tiempos que ofrece la autoridad en la presentación del dictamen fiscal y en su caso, el rechazo de este.
Requisitos técnicos del contador público
Es indispensable que el contador esté registrado, cumpla con sus obligaciones fiscales (art. 32-D del CFF), y tenga vigente su certificación vigente expedida por un colegio profesional o por una asociación de contadores públicos reconocidos por la Secretaría de Educación Pública. La falta de alguno de estos requisitos puede impedir el envío oportuno del dictamen.
Anexos, cuestionarios e informes
El dictamen debe incluir la documentación señalada en el Anexo 16 de la RMF, particularmente los cuestionarios de diagnóstico fiscal, que deben completarse en conjunto entre el contador y el contribuyente, considerando las implicaciones legales de cada respuesta.
El informe sobre la situación fiscal del contribuyente, por su parte, debe contener un análisis completo de las operaciones del contribuyente y cualquier posible contingencia fiscal, alineándose con las fracciones y apartados señalados en la normativa.
Papeles de trabajo y evidencia documental
El contador debe conservar evidencia de los procedimientos aplicados durante la auditoría, y puede optar por enviar únicamente los documentos aplicables a la situación específica del contribuyente. En todo caso, debe estar preparado para entregarlos a la autoridad si así se solicita.
Formatos y declaración conjunta
El texto del dictamen debe elaborarse conforme a los formatos establecidos por el colegio profesional al que pertenezca el contador. Asimismo, tanto el contador como el contribuyente deben firmar una declaración bajo protesta de decir verdad, confirmando la veracidad y completitud de la información presentada.

Consideraciones finales
La correcta integración y presentación del dictamen fiscal no solo responde a obligaciones normativas, sino que también protege al contador inscrito de posibles responsabilidades legales. Es particularmente relevante lo establecido en el artículo 96 del CFF, que considera encubrimiento el no informar hechos con indicios de delito fiscal identificados durante la auditoría.
Por ello, se recomienda a los contadores revisar con anticipación su situación fiscal, su registro, su certificación profesional y el cumplimiento de las normas aplicables, con el objetivo de asegurar una presentación adecuada, en tiempo y forma, del dictamen correspondiente al ejercicio 2024.

